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En La Paz se registran 400 casos de biocidio y tráfico de animales, pero solo 50 tienen sentencia

De 400 casos por biocidio y tráfico de animales en el departamento de La Paz en los primeros seis meses del año solo 50 fueron sentenciados por la burocracia judicial.

La directora Departamental de Policía Forestal y Preservación del Medio Ambiente (Pofoma), coronel Rosemary Arévalo, dijo que el último caso bullado fue el domingo 30 de junio, cuando se descubrió a cinco cazadores furtivos de la etnia chimán, que mataron a 21 monos araña y 3 monos aulladores que fueron asesinados fuera del área protegida. Se logró salvar a dos crías hembra, además portaban dos fusiles.

50 sentencias

De 400 casos de biocidio y tráfico, 50 tienen sentencia. (Foto ANA)

 “(Los primeros seis meses del año) se registraron 400 casos (de biocidio y tráfico de animales). La mayoría se encuentra en etapa de acusación están para sentencia actualmente por la demora judicial; tenemos 50 casos con sentencia”, dijo Arévalo en una entrevista con la Agencia de Noticias Ambientales (ANA).

Pofoma registra de uno a dos casos diarios de biciocidio y tráfico de animales como los que se suscitan con loros, monos y hasta víboras.

Ingreso a los municipios

Pofoma ingresa cada mes a los municipios donde hay tráfico de animales silvestres (Foto ANA)

Arévalo precisó cómo actúan por esta cantidad de biocidio y tráfico ilegal de especies, “por esta razón, ingresamos cada mes a los diferentes municipios. Aprehendemos a los autores y luego la Fiscalía apertura un proceso penal hasta llegar a la acusación y la penalización que es de cinco a ocho años de cárcel”.

Marco legal

El tráfico de aves silvestres incluso se realiza en cajones de cartón (Foto ANA)

El biocidio según el artículo 350 del Código Penal, establece que “quien mataré con ensañamiento o con motivos fútiles a un animal” será sancionado con privación de libertad de dos años a cinco años y multa de 30 a 180 días. El marco de sanción del delito de biocidio integra un régimen de agravantes que se aplica cuando la muerte se ocasiona a más de un animal, en este caso la pena a imponerse se agravará en un tercio.

La Ley 700 para la Defensa de los Animales Contra Actos de Crueldad y Maltrato promulgada en 2015, establece sanción con privación de libertad de dos a cinco años y multa de 30 a 180 días a quien matare con ensañamiento o con motivos fútiles a un animal.

La Ley No. 1333 del Medio Ambiente promulgada el 27 de abril de 1992 establece en su artículo N° 111, que toda persona involucrada en el comercio, captura o transporte sin autorización de animales silvestres, sufrirá dos años de prisión y una multa equivalente al precio del animal.

A nivel internacional, los derechos de los animales están regulados principalmente por la Declaración Universal de los Derechos de los Animales. Este cuerpo normativo integra diversas leyes referidas al respeto y protección de los animales, en el mismo sentido contiene un régimen de responsabilidad que deben adquirir todos los humanos frente a estos seres.

Pofoma tiene la línea gratuita destinada a atender casos de comercio y tráfico ilegal de animales silvestres en el departamento de La Paz. El número es 800 14 0303. 

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